
1.-Derecho al Placer Sexual: Todo Venezolano tiene derecho a poner en práctica toda su capacidad de funcionamiento sexual para lograr placer, bienestar y, si así lo desea, reproducción, para la búsqueda de felicidad y crecimiento individual, personal y social.
2.-Derecho a la Vida Sexual: Todo Venezolano tiene derecho al ejercicio de su función sexual, respetando las expresiones propias de cada edad.
3.-Derecho a la Seguridad Sexual: Todo Venezolano tiene derecho al sexo y la sexualidad sin efectos ni acciones dañinas y violentas de tipo físico, psicológico y sociocultural, amparándosele por los preceptos legales ya establecidos.
4.-Derecho a la Igualdad Sexual: Todo Venezolano debe estar libre de todas las formas de discriminación sexual., implicando esto el respeto a la variabilidad de la sexualidad humana, sea cual fuere su sexo, género, edad, etnia, clase social, religión, orientación sexual, estado de salud, discapacidad o diferencia de cualquier otra índole.
5.-Derecho a la Salud Sexual: Todo Venezolano tiene derecho a gozar de salud sexual, por lo cual los organismos dispensadores de salud deben disponer de recursos suficientes para la investigación, prevención, diagnóstico y tratamiento de las alteraciones del comportamiento sexual, extensivos a las enfermedades de transmisión sexual y SIDA; y garantizar asistencia integral en las instituciones públicas por Médicos y Psicólogos especializados en Sexología.
6.-Derecho a la Educación Sexual: Todo Venezolano tiene derecho a recibir una educación y formación sexual que le aporten conocimientos adecuados para sentir y actuar su sexualidad de manera gratificante, sana, responsable y coherente con sus decisiones.